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Nuevo disfráz para viejo fracaso

Alberto Vargas Peña (F. Libertad) 

11 de diciembre de 2000

 

         En el Paraguay, y supongo que en todos los países latinoamericanos, las cosas buenas perecen rápido y la malas son prácticamente inmortales. ¿Se trata de una maldición o una persistente e irremediable estupidez? Por la razón que sea, sucede. El nuevo Código Agrario y la creación del SENTDER así lo demuestran, de forma categórica e inapelable.

La estupidez con el manejo de la tierra comenzó en la década de los cuarenta del siglo veinte, con la creación del Instituto de Reforma Agraria – IRA – que suplantó al Departamento de Tierras y Colonias, creación de Carlos Pastore, el numen izquierdista del Mariscal José Félix Estigarribia. A los pocos años de su organización su fracaso era absoluto y evidente y entonces, en lugar de abandonar la idea, que es la que estaba equivocada, los gobernantes de entonces, nacionalistas y agraristas al uso de Natalicio Gonzalez convirtieron el IRA fracasado en IBR – Instituto de Bienestar Rural- por fracasar.

Como la idea era esencialmente la misma, falsa e inaplicable, el IBR fracasó casi de inmediato, pero se convirtió en la fuente de poder de la ANR.

Poder y corrupción.

Hoy el IBR está en quiebra absoluta, la corrupción es endemoniada y el fracaso de su gestión es inocultable. Corresponde entonces, fieles a la tradición, convertir al IBR en otra cosa aparentemente diferente pero esencialmente igual, para seguir engañando unos años más. Y así, se abre de nuevo el telón y del cadáver del IBR surge el SENTDER, que tiene en si mismo material suficiente como para fracasar más rápido todavía que sus antecesores.

Uno, en esta somera recopilación, no debe olvidar al CONCODER, una especie de monstruo híbrido que duró apenas lo que un suspiro, porque fue el primer experimento de reemplazo del IBR y ya dentro del periodo que pomposamente llamamos “democracia”.

El SENTDER – que no ha sido aprobado todavía y tal vez no lo sea nunca – viola alegremente la Constitución, el Código Civil y las leyes. Organiza un sistema de corrupción más eficiente que el IBR y mantiene su burocracia incólume. Por dar algunos ejemplos: Viola la Constitución en el Art. 13 ,21 y 23, el Código Civil en el Art. 24, 26 y 38 y la ley 125 en el Art. 39. Se trata de un adefesio, en todo el sentido de la palabra, como si en lugar de juristas lo hubieran redactado ingenieros.

Y todavía no hemos entrado a analizar el fondo del asunto, que es si el Paraguay necesita o no un instrumento especial para el campo y si ese instrumento debe ser o no de orientación estatista y dirigista para que tenga eficacia económica.

EL SENTDER se convierte, por ejemplo, en dueño de todas las tierras fiscales paraguayas y, de hecho, por las facultades que se le dan, en la organización que decidirá quien podrá ser propietario en el Paraguay. Si uno lee atentamente la carta orgánica – así las llamaban – del IRA y del IBR se verá que no hay cambios sino para empeorar. Al cadáver lo han vestido de seda, pero no puede evitar que se lo huela. Porque hiede.

  

   

    

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